Llevo semanas viendo en Twitter que cada dos por tres Juana, la famosa Juana que secuestró a sus hijos, es Trending Topic. Dejando a un lado lo que opino de todo esto, que por el título se puede deducir fácilmente, quiero hablar aquí sobre algo bastante relacionado con este fenómeno. Y es que no paro de leer en cada hashtag que sacan de ella cosas como que “el sistema está hecho contra las mujeres” o como que “el sistema está mal”, y toda una serie de cuestiones relacionadas con que “el sistema oprime a las mujeres”. Ya en otro momento hablaré sobre este asunto en términos globales, pero en este texto me centraré en el aspecto legislativo de la cuestión en lo que se refiere al proceso de denuncia (ya hablaré en otras ocasiones de otros aspectos legislativos):
Hace falta tener unos cojones (uy perdón, ovarios, lo siento mucho si he ofendido a algune que otre feministe) bastante contundentes para decir que le ley española está en contra de las mujeres cuando es precisamente, y lo digo sin miramientos, al revés: es el hombre quien está en clara desventaja a la hora de enfrentarse en un juicio contra una mujer. Y esto que afirmo, no es una conspiración patriarcal que haya que creerse porque lo digo yo, sino que cualquiera que se lea estadísticas de denuncias archivadas por maltrato, informes de violencia doméstica, o simplemente la legislación puede corroborar. Así que desde aquí invito a les feministes ofendides con mi afirmación que consulten con un abogado este asunto.
Para empezar, basta con la palabra de una mujer, sin ni siquiera existir denuncia necesariamente, para que a un hombre se tenga que despachar desde servicios sociales*, y basta con una denuncia para que se le meta en el calabozo sistemáticamente y sin que éste pueda alegar NADA en su defensa hasta que no se le toma declaración ante el juez. Todo esto, se da porque se anula la presunción de inocencia de cara a ser hombre, es decir, si se es hombre, se da por hecho que existe una culpabilidad y el hombre es quien ha de demostrar su inocencia: volvemos al antiguo régimen pero sólo en lo que respecta a los hombres, ya que a las mujeres esta nula presunción de inocencia no les afecta.
Por otro lado, independientemente de que la acusación sea falsa, el hombre denunciado tendrá la lacra durante años de tal denuncia pues pasa automáticamente a formar parte de las listas del Observatorio de Violencia de Género y de la Mujer. Oséase, que aunque la denuncia se archive por falta de pruebas o se haga una contradenuncia hacia la mujer en pro de demostrar la falsedad de la denuncia primigenia de ésta y se gane el juicio, aún así, TODA denuncia pasa a las estadísticas como maltrato, y no como mera denuncia.
Esto supone una clara DESIGUALDAD ante la ley, una discriminación hacia el hombre que gente de lamentable cinismo tiene la osadía de llamar “discriminación positiva”.
Ya hablaré con más detenimiento de esto y yendo a los conceptos esenciales en futuros artículos, pero por ahora me limito a decir lo siguiente: Juana, NO cuentes conmigo, porque aunque tuvieras razón, toda la campaña que hay en tu favor tiene como discurso que este hecho que acabo de exponer es perfectamente legítimo por el mero hecho de que los afectados son hombres. Y yo, llámame loca si quieres, no creo que deba defenderse la desigualdad ante la ley por razones tan estúpidas como el sexo, la raza o la religión.
En fin, qué os voy a decir, que estoy deseando ver el vídeo que sacará al respecto Experto en Igualdad en dos semanas. Porque dará mucha información útil sobre este caso, y sobre por qué, Juana, NO estoy contigo.
*basta con un certificado de servicios sociales tras escuchar sólo la palabra de una mujer, sin ni siquiera existir denuncia ni preguntar o pedir pruebas a la otra parte, para que tenga acceso a todo tipo de ayudas pensadas sólo para maltratadas, y basta con una denuncia para que se meta al hombre denunciado en el calabozo sistemáticamente y sin que éste pueda alegar NADA en su defensa hasta que no se le toma declaración ante el juez, en un plazo máximo de 72 horas desde la detención