Conservador y liberal, progresista y liberal

Cada vez que alguien en el Partido Popular dice que el suyo es un partido liberal, las cejas en mi rostro dibujan unos arcos que parecen los de un puente romano. Por más que lo intento, el microgesto es automático y no puedo evitarlo. Lo mismo me ocurre cuando escucho idénticas afirmaciones por parte de alguien de Ciudadanos. Y si el declarante es votante del PSOE, al arqueado de mis cejas le sucede un fruncimiento de sospecha y absoluta incredulidad.

Antes era fácil: declararse como de derechas o de izquierdas era meramente el reconocimiento de que no sólo se defendían como mejores las propias ideas, sino que se recurría al estatismo como forma «legítima» de «extenderlas» a toda la sociedad.  Luego estaban unos locos que se definían como liberales/libertarios y  se negaban con rotundidad a utilizar el estado para imponer al resto de la población cualquier tipo de cosmovisión particular del asunto que llamamos «vida social». Muchos eliminarían el estado de un plumazo, otros muchos limitarían la función del estado al papel de herramienta de la que nos servimos para garantizar las libertades de todos y la igualdad irrestricta ante la ley.

Según esos locos, quien es de derechas puede, desde el respeto absoluto de los derechos de propiedad, alinear su vida en los principios conservadores en los que cree y debe permitir que otras personas vivan en paz alineando sus vidas en otros principios diferentes.

Por la misma teoría, quien es de izquierdas puede, desde el respeto absoluto de los derechos de propiedad, alinear su vida en los principios progresistas en los que cree y debe permitir que otras personas vivan en paz alineando sus vidas en otros principios diferentes.

Si esto fuese así, no cabe duda que sería legítimo autocalificarse de «liberal-conservador» o «social-liberal», incluso «libertario de derechas» o «libertario de izquierdas». Ocurre que en el mismo momento en que cualquiera de ellos propusiera mecanismos del estado para imponer a los demás su subjetiva y particular visión de lo «bueno», invadiendo por tanto  el ámbito de propiedad privada sobre las propias ideas y modelo de vida de todos, dejarían de ser liberal/libertarios para convertirse en meros estatistas. Conservadores o progresistas, pero todos estatistas.

El uso de la violencia del Estado con el fin de generalizar las propias ideas sobre cómo se debe vivir la vida, es la base sobre la que crece el estatismo que los liberales/libertarios dicen combatir. Cuanto más nos apartamos de los principios de igualdad ante la ley y derecho al libre diseño de la propia vida mediante el fomento institucionalizado de una forma particular de entender libertades y derechos, más totalitaria, despótica, intolerante, esclavizante, inhumana, y hostil será  la construcción de la sociedad predilecta. Obviamente no para quienes ostentan el poder y quienes piensan como ellos, pero para todos los demás.

Tal sociedad jamás podrá ser calificada de «justa», pues la justicia se deriva del derecho y los derechos son los mismos para todas las personas, sin excepciones. Allí donde los derechos de todos – también el derecho de propiedad sobre la propia vida y el diseño de la misma-  son redefinidos (incluso inventados) por la ley estatal al dictado de una visión subjetiva de los mismos (ya sea conservadora o progresista)  no hay ni libertad ni justicia.

No tenga miedo: si es usted conservador, dígalo sin temor. Si es progresista, proclámelo a los cuatro vientos. Pero si además quiere que todos los demás vivamos según sus ideas conservadoras o progresistas y diseña leyes (y sus correspondientes mecanismos de imposición) para conseguirlo no diga que es liberal, mucho menos libertario. Sea sincero.

Luis I. Gómez
Luis I. Gómez

Si conseguimos actuar, pensar, sentir y querer ser quien soñamos ser habremos dado el primer paso de nuestra personal “guerra de autodeterminación”. Por esto es importante ser uno mismo quien cuide y atienda las propias necesidades. No limitarse a sentir los beneficios de la libertad, sino llenar los días de gestos que nos permitan experimentarla con otras personas.

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8 comentarios

  1. El derecho de propiedad es algo en lo que todos los liberales consideramos que es lo suficientemente objetivo como para ser considerado un derecho universal que cualquier posición política debería respetar.
    Sin embargo, a mí me surgen ciertas dudas al defender el sacro derecho a la propiedad cuando hablamos de el suelo (por no entrar en el terreno pantanoso de los recursos naturales). Bien es cierto que el estado, desde el punto de vista liberal, debería ceñirse a asegurar que se respeten los derechos de propiedad y de libertad individual, pero incluso en el convencimiento de estar actuando en esa dirección, podría estar interfiriendo en dichos derechos (a los ojos de otros liberales) según cómo considere la propiedad sobre el suelo.

    El derecho de propiedad me parece indiscutible cuando se trata de la propiedad sobre el fruto de tu trabajo, o de lo que has adquirido a través de intercambios con frutos de tu trabajo. Pero cuando hablamos del suelo, la propiedad sobre el suelo está toda condicionada a quién fue el primero en llegar a un determinado lugar y tomó la decisión de delimitarlo como suyo (así como un perro que echa una meada), y a partir de ahí se moldea la propiedad del suelo durante las siguientes generaciones. Me parece muy arbitrario. Llego yo a un lugar inexplorado y declaro en un momento dado que ese territorio me pertenece, por lo que me auto-adjudico derecho de propiedad sobre el mismo. Incluso es posible que antes que yo hubieran otras personas viviendo allí, pero a ninguna de ellas se les ocurrió hacer una escritura en la cual hacían constar que ese territorio era suyo. Aquellas personas que nacen en un determinado lugar varias generaciones después se encuentran con que el pastel del suelo está ya repartido, lo cual incluso desde algunas perspectivas liberales podría considerarse que atenta contra su libertad.
    Es como si un individuo naciera con el pecado original de sus antepasados, de no haber estado atentos al repartimiento del pastel del suelo.

    Se entiende que, si yo llego a un suelo virgen (y sin propiedad), y dedico mi esfuerzo a labrarlo y cultivarlo, se debería reconocer mi derecho sobre ese cultivo, y se supone que el derecho de propiedad sobre el suelo viene de ahí. Al fin y al cabo, una vez alguien ha «trabajado» el suelo, no puede llegar otro individuo a ese mismo suelo a realizar su trabajo.
    Yo construyo un edificio en un terreno (sin propiedad). El terreno no me pertenece, pero el edificio sí, así que nadie tiene derecho a derruir mi edificio sin mi consentimiento, de manera que ese terreno es intocable. En cierto modo me apropio del terreno aún sin considerar derecho de propiedad sobre el mismo…

    • Muy interesante lo que apuntas. Gracias. Sí, tanto tu comentario como el último de PVL apuntan a un problema que parece irresuelto … pero no es así. El tema es largo, y como tengo prometido un artículo sobre ello, permíteme que lo escriba y seguimos la discusión.

    • Asmith: muy interesantes las cuestiones que planteas.
      Concrétamente sobre la extensión o límites del derecho de propiedad de los terrenos, desde la antigüedad y hasta hace muy pocos años la propiedad de un terreno incluía de manera ilimitada tanto el subsuelo situado bajo éste como el volumen de «aire» situado sobre el mismo, y los recursos naturales contenidos en dicho volumen.
      Ese derecho de propiedad «ilimitado en vertical» produjo, por ejemplo, que propietarios de terrenos en USA pleitearan contra las aerólineas que sobrevolaban la vertical de sus propiedades al considerar que allanaban sus propiedades, hasta que el Tribunal Supremo estableció la Ley que limitaba ese derecho de propiedad «histórico» de los propietarios de suelo.
      Curiosamente, este argumento apoyando la necesaria limitación de los derechos de propiedad lo esgrimen los movimientos anti-copyright, muy popular entre los anarcoliberales, que simultáneamente consideran la propiedad privada como un derecho «sacrosanto».
      Lo cual demuestra que las posiciones dogmáticas en cuestiones sociales son necesariamente incoherentes, en contra precisamente de la aspiración intelectual de los dogmáticos de concebir un sistema social «perfecto», entelequia que la realidad voluble del devenir histórico demuestra inexistente.
      De ahí que yo insista una y otra vez que la única «guía» que tenemos para legislar en cuestiones sociales es la «eficacia» analizada en términos costes/beneficios, que además y por definición siempre será variable en el tiempo: con toda seguridad lo que sea eficaz hoy dejará de serlo dentro de algún tiempo.

  2. Me temo que la cosa no es tan sencilla.
    Por solo mencionar uno de los conceptos que mencionas en este art. y que supone una «piedra angular» de la ideología liberal (que en general comparto): los «derechos de propiedad».
    1º Es un hecho objetivo que tales «derechos» han variado a lo largo de la Historia y en función de las sociedades. Luego no son un «absoluto» evidente por sí mismos.
    Por lo tanto la única aproximación «razonable» que cabe hacer para definirlos es la «eficacia» para promover la riqueza económica de las sociedades que los definen, aplican y defienden, lo cual está es la antítesis de los planteamientos apriorísticos (que yo llamo también «absolutistas»).
    2º Precisamente esa eficacia de la que hablo es la que ha producido que en las sociedades capitalistas (como afortunadamente es en la que vivimos) el derecho de propiedad de los accionistas-propietarios de una empresa (en general los accionistas) y la consiguiente responsabilidad civil derivada de tal propiedad se haya definido como limitada a los derechos y propiedades de dicha empresa, lo que en la práctica significa que un accionista y por tanto propietario de una empresa solo hace frente a las deudas de la empresa con el capital de ella que posea y en ningún caso con los beneficios que le haya reportado y que se hayan incorporado a su patrimonio personal.
    Lo anterior no siempre ha sido así: en el nacimiento de las sociedades capitalistas, los accionistas si que respondían con su propio patrimonio de las deudas de sus empresas, hasta que se vio que eso limitaba el crecimiento de las empresas dado que suponía un riesgo evidente en caso de quiebra para los posibles accionistas.
    Lo anterior que ha sido útil en términos de creación de riqueza para el conjunto de la sociedad, sin embargo es evidente que perjudica al acreedor de una sociedad quebrada que puede sufrir la estampa nada habitual de perder lo que la empresa le adeuda porque la misma es insolvente, mientras que los ex-propietarios- accionistas disfrutan de su patrimonio personal a salvo, que se ha nutrido precisamente gracias a los beneficios producidos por dicha empresa.
    Con el caso anterior solo pretendo mostrar la evidencia (al menos para mí) de que los «apriorismos» en materia social, que son los que llamamos «derechos», como el «derecho de propiedad, o los mucho más pretendidamente «absolutos» y «sacrosantos» «derechos humanos», simplemente son una convención social, que a lo más que se puede aspirar con ellos es a su «utilidad-eficacia» respecto a los objetivos que las sociedades establecen como prioritarios cuando los «acuerdan».
    Volviendo al ejemplo: acepto, comprendo y apoyo (porque así lo demuestra la Historia) que el «derecho de propiedad de los accionistas de una empresa con responsabilidad limitada» actual es más eficaz que el pasado de responsabilidad ilimitada y muchísimo más eficaz que el «no derecho de propiedad privada» de las sociedades comunistas.
    Pero no es ni más ni menos «justo», ni más o menos «arbitrario», ni más o menos «natural» o cualquier otro calificativo con el que pretendamos justificarlo, que sus alternativas.
    Por lo tanto, cuando un liberal defiende un tipo de derecho de propiedad determinado (por ejemplo el actual) si que está «imponiendo» al resto una determinada «forma» de vivir y relacionarse con sus semejantes, exactamente igual que lo hace un comunista cuando defiende la abolición de la propiedad privada: en resumidas cuentas ambos están «imponiendo» a los demás, un tipo determinado de sociedad.
    Mi acuerdo personal con el primer modelo y mi rechazo tajante del 2º se basa en los resultados prácticos, históricamente objetivos, de uno y otro modelo, y no de consideraciones «apriorísticas», filosóficas o como queramos llamarles.

    • Gracias por el comentario, estimado PVL.

      Indudablemente, el concepto de propiedad y, sobre todo, la forma en que hemos ido diseñando leyes para definirlo y protegerlo ha ido cambiando con el tiempo. y el principio de eficiencia subyace en casi todos esos cambios.
      Cuando yo, que me considero liberal (igual equivocadamente), hablo del derecho de propiedad, me refiero siempre al derecho sobre uno mismo y sobre el fruto de mi actividad desde mi ámbito personal, siempre que no me haya servido para ello de la extorsión, la violencia o el robo. Si nos quedamos pensando únicamente en este principio, encontraríamos más de 1000 (o 2000, o más, no he hecho la cuenta) modificaciones legales (inventos subjetivos de diferentes grupos de poder a lo largo del tiempo) no solo inútiles desde el punto de vista de la eficiencia, sino perfectamente limitantes del derecho que se pretende proteger.

      En esto no hay blanco y negro, los grises son mucho y variados. Lo importante es el criterio elegido para valorar esos tonos. La mayor parte de las leyes de urbanismo, explotación de recursos, mercado laboral, …. no pueden ser consideradas como garante de ningun derecho a la propiedad privada, sino únicamente como adaptaciones limitantes en función de una cosmovisión subjetiva de alguien. Si nos vamos a la legislación de «lo social», el tema es peor aún.

      La defensa de un determinado «modelo de derecho de propiedad» por ejemplo, si la hace un liberal como yo, jamas pasará de ser la defensa del uso de ese derecho por mí en mi ámbito privado. Nunca supondrá que los demás deban hacer lo mismo. Y menos que usaré el poder policial del estado para imponerlo. Creo que quedaba bien explicado en mi artículo anterior.

      Gracias!

      • Luis comprendo y comparto buena parte de lo que has expuesto.
        Sin embargo quiero hacer hincapié en que lo realmente complicado de las sociedades humanas es precisamente la imposibilidad o inexistencia de fronteras evidentes por sí mismas entre lo público y lo privado. Si tal cosa existiera, sería posible teóricamente establecer una ideología «objetiva».
        Precisamente porque no existen es por lo que su definición es una mera convención social, producto del momento histórico y de la convención social imperante.
        Por seguir con el ejemplo: si tu defiendes el tipo concreto de «derecho de propiedad actual de responsabilidad limitada» le estás «imponiendo» a un comunista que ni siquiera acepta el derecho de propiedad privado, que si tu empresa quiebra por deudas, ni la sociedad en su conjunto ni el comunista como individuo va a poder tocar o «recuperar» un euro de tu patrimonio personal construido precisamente gracias a los beneficios pasados de dicha empresa.
        Eso son las «reglas del juego», establecidas hoy y ahora en/por nuestra actual sociedad, pero desde el punto de vista de cualquier acreedor (independientemente que sea liberal o comunista) es absolutamente injusto que el pierda y tu ganes, y no verá nada clara la frontera legal y por tanto arbitraria entre tu patrimonio público-empresarial y tu patrimonio privado-personal.
        De hecho si yo fuera tu acreedor opinaría lo mismo que el comunista: que no hay derecho, a pesar de que intelectualmente comprenda que socialmente es más eficaz este sistema de «derecho de propiedad» que sus alternativas, a que yo pierda mi «préstamo» y tu te pasees en tu mercedes.
        En resumidas cuentas, nuestra definición y concepción personal de lo público y lo privado y el establecimiento de las fronteras entre lo unos y lo otro depende como casi todo en la vida, por imperativo biológico, de nuestros propios intereses. Por eso esa misma definición a nivel social es tan extremadamente complicada: porque los intereses personales son variables, muy a menudo contrapuestos y cambiantes incluso durante la vida de una persona.
        Otro ejemplo clásico de lo mismo ya lo hemos comentado en alguna ocasión, (y que sigo a la espera de un art. «prometido» tuyo clarificando tu postura): las comunidades de propietarios, que en esencia tratan de lo mismo: como se regulan y realcionan los derechos de los comuneros individuales con los de la comunidad como conjunto.

        • Sobre las “Comunidades de Propietarios”, más conocidas como “Comunidades de Vecinos” olvidando que los “Vecinos” lo que forman son Asociaciones, normalmente manejadas por la izquierda.

          Lo normal es que esos propietarios ignoren que, como tales propietarios, forman parte del “Consejo de Administración” de una forma empresarial, quizás la más común de este país, empresas en la que ellos son los “accionistas de referencia”: Las Comunidades de Bienes.

          Alguna serie de TV ha popularizado este tipo de Sociedad con personajes como “El Sr. Cuesta”, apodo con el que se conoce a muchos Presidentes de Comunidad, y el “No limpio pescado”, también llamado “El Rancio”, apodos que cuadran con la mayoría de nuestros políticos, por no decir que con todos. Las representaciones que hacen en estas series de las “Reuniones de escalera” son antológicas por lo parecido a la realidad de las mismas.

          Pero seguimos encontrándonos con lo mismo: Que ignoran que son empresarios que, además de administrar su propiedad, intervienen en la administración de la ajena. Y en el sumun del despropósito delegan sus responsabilidades contratando a un tercero ajeno a sus intereses
          como si la Comunidad fuese una empresa que contrata a un “Consejero Delegado” para que campe por sus respetos, olvidándose de que es su principal inversión, de un valor muy superior a las posibles acciones que cualquiera de ellos pueda tener.

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