Desde pocas horas después del terremoto que asoló Japón hace ya más de tres meses, comenzaron a escucharse a lo largo y ancho del mundo voces críticas con la energía nuclear. Algunas con criterio -todo sea dicho- y otras simplemente rebuznos como los del eurodiputado Oettinger. Lo que está claro es que el accidente en la central nuclear de Fukushima impone una revisión en profundidad de ciertos conceptos en lo relativo a la seguridad de las centrales nucleares.
En pocos días se sucedieron muchos acontecimientos que se encaminaron hacia el ensayo de ciertos escenarios, ciertas hipótesis que tal vez pudieran darse en alguna central nuclear europea. Si bien es cierto que lo sucedido en Japón difícilmente puede tener lugar en Europa, conviene extraer todas las conclusiones posibles de lo aprendido en Japón y actualizar, si fuera necesario, los criterios de seguridad que aplican en nuestras centrales. Estos esfuerzos han cristalizado en lo que se conoce como Stress Tests (ST), cuyo nombre es desafortunado puesto que no se va a someter ninguna central ni ningún material a unos estudios de tensión (como el nombre indica). Esta denominación ha sido directamente heredada de las pruebas de resistencia que se desarrollaron en la banca europea hace ya unos meses. Trataremos en este artículo de explicar qué son los ST y qué es lo que se va a determinar con ellos.
¿Qué son los Stress Tests?
Los ST son un conjunto de criterios de seguridad adicionales que se han esbozado a raíz del accidente de Fukushima. Consisten en una revisión de los márgenes de seguridad de las centrales nucleares y de la respuesta de las mismas ante sucesos naturales extremos, principalmente.
Es decir, sucesos que tal vez no estuvieran contemplados en el licenciamiento original de la central porque su probabilidad fuera despreciable. Por ejemplo, es difícil imaginar que pueda haber un tsunami en una central nuclear en medio de Suiza, en el interior de Francia o en Guadalajara.
¿Qué es lo que se va a probar en los ST?
Se pretende determinar si las centrales nucleares son capaces de soportar los efectos de los siguientes eventos:
- Desastres Naturales: terremotos, inundaciones, frío extremo, calor extremo, nieve, hielo, tormentas, tornados y lluvias torrenciales.
- Acciones y Fallos de Origen Humano: colisiones de aviones y explosiones cerca de una central nuclear.
- Medidas Antiterroristas: Obviamente, estas medidas no se han hecho ni se harán públicas puesto que afectan a intereses de la seguridad nacional.
Conviene aclarar que los ST no pretender hacer estudios probabilísticos de catástrofes. Es decir, la pretensión no es determinar la probabilidad de que tenga lugar un tsunami de 14 metros en la costa sur de Francia que pueda afectar a alguna central francesa. No se trata de estudiar las posibles causas, sino de cómo va a responder una central ante tal evento. Se va a suponer desde un principio que tu central se inunda, da igual que el suceso sea muy improbable y nunca vaya a suceder. Tú supón que pasa y dime cómo vas a solventar la situación en ese caso.
¿Cómo se harán los ST?
Estos tests tienen tres niveles de profundidad (por decirlo de alguna manera):
- La Propia Central Nuclear: tiene que responder al cuestionario de los ST y decir cómo va a responder la planta ante todas las situaciones que se le plantean. Para dar soporte a sus afirmaciones debe acompañar el estudio con todos los cálculos de ingeniería necesarios para demostrar lo que está diciendo.
- El Organismo Regulador de cada País: En nuestro caso el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN). Estudiará a fondo el informe de cada central y decidirá si las hipótesis de cada una de ellas son razonables y correctas teniendo en cuenta los sucesos que se tienen que estudiar.
- Revisión Internacional: El informe redactado por el organismo regulador de cada país será revisado por los organismos reguladores de otros países. Esto será hecho por equipos de 7 personas que incluirán un miembro representativo de la Unión Europea, dos miembros permanentes de la ENSREG (Grupo Europeo de Reguladores de Seguridad Nuclear) y cuatro miembros no permanentes de la ENSREG.
Los resultados de todos los informes nacionales y de los emitidos por la revisión internacional se harán públicos por transparencia. Sus resultados serán discutidos en seminarios donde serán invitados expertos independientes, organizaciones no gubernamentales y expertos en el campo.
¿Cuáles son los plazos para la realización de los ST?
Los ST tienen un calendario de ejecución perfectamente definido:
- 1 de Junio: los operadores de cada central deben comenzar a realizar los ST en sus respectivas centrales.
- 15 de Agosto: los operadores deben presentar un informe preliminar a su respectivo organismo regulador.
- 15 de Septiembre: los organismos reguladores deben presentar un informe preliminar a la revisión internacional.
- 31 de Octubre: los operadores deben presentar el informe definitivo al organismo regulador.
- 9 de Diciembre: la Comisión Europea presentará un informe de evolución de los trabajos.
- 31 de Diciembre: los organismos reguladores deben presentar el informe nacional final (de todas las centrales) a la revisión internacional.
- Abril de 2010: la revisión internacional debe haber finalizado todos los informes para este mes.
- Junio 2012: la Comisión Europea presentará los resultados definitivos de los ST.
En definitiva, los ST pretenden extraer lecciones de lo que ha sucedido en Japón y evitar que algo similar puede tener lugar en Europa. Es un esfuerzo totalmente necesario y una declaración de cultura de seguridad. Los operadores de todas las centrales nucleares de la UE han afirmado su rotunda posición de colaboración con la Comisión para la realización de los ST. Esperaremos ansiosos los resultados de los mismos.
Solo por curiosidad: ¿alguien se ha planteado que pasaría si un grupo terrorista logra hacer detonar adecuadamente un barco metanero en carga, cerca de núcleos habitados? (no al lado, incluso a 10 o 20 km).
Lo mismo hay que cerrar las centrales de ciclo combinado
Aranguren,
Usted puede decir lo que quiera y discrepar de lo que quiera, pero tenga la honestidad de poner en mi boca palabras que yo no he dicho. Es curioso como ve usted la realidad:
Yo lo veo de otro modo. Un miembro de la AEC le escribe a otro miembro de la AEC pidiéndole su opinión sobre un tema. El otro miembro de la AEC le contesta tiempo después. La AEC no detectó nada, la AEC como organización no propuso nada y nada fue rechazado. No tergiverse la realidad, háganos el favor.
El señor Fernández lo único que niega es que usted sepa de lo que habla y niega que las explosiones de hidrógeno tuvieran lugar en el interior de los reactores, como usted quiere hacer entender cuando en realidad no distingue el liner de acero de la contención de una morcilla de Burgos. Infórmese de cómo y por qué tuvieron lugar las explosiones de hidrógeno y, sobre todo, infórmese en qué lugar tuvieron lugar. Infórmese también por qué las contenciones están inertizadas con nitrógeno e infórmese de muchas cosas más porque ya le he dedicado demasiado de mi tiempo.
En lo de los seguros no voy a entrar, únicamente le diré que no existe ninguna industria que tenga que afrontar el 100% de los daños que ocasione. Como mucho afrontará hasta el 100% del dinero que tenga….el resto lo pagará el Estado, en el mejor de los casos. La Ley podrá decir que tienes que pagar el 100%, pero si no tienes dinero es evidente que no vas a pagar. No trate de confundir, que no cuela.
Esto de Internete tien la desventaja de que sean opiniones anónimas, por lo que nadie sabe si quien afirma ciertas cosas es una persona sin intereses en la cuestion discutida o si, por el contrario, es parte interesada. La desaparicion del anonimato permitiria valorar mejor la solidez de algunas afirmaciones “de peticion de principios”.
Aunque el lector no pueda comprobarlo, yo afirmo que no vivo de nada que a su vez viva de la energia nuclear.
Y vayamos al grano.
Sre EOF: No tiene sentido pretender minimizar el alcance de la opinion de Hendrie por el hecho de que sea corta y vieja. Esa respuesta es corta porque asume la justeza de las criticas tecnicas hechas por Hanauer en su escrito, que ese sí es de varias páginas y obviamente estará apoyado en el correspondiente expediente técnico. Y por lo tanto Henrie solo dice que si se aprueba la propuesta de Hanauer de prohibir ese tipo de contencion se podría fin a las centrales nucleares. Ni más ni menos. Se puede decir más alto, pero no más claro.
En cuanto a la exencion de responsabilidades en materia de daños civiles causados por centrales nucleares, permitame decirlos que su exposicion es un sinsentido de arriba a abajo.
El artículo 9 de La Ley 26/2007 de Responsabilidad ambiental obliga a todo empresario a hacerse responsable de todos los daños civiles que causen sus empresas, sin ninguna limitacion. Es ademas una responsabilidad de caracter objetivo. Así que todas sus consideraciones de que ninguna empresa puede hacer frente a los daños que eventualmente produzca y que por lo tanto obligar a las centrales nucleares a responder con 1.2000 millones es una obligacion adicional para las centrales nucleares, es una elucubracion sin ninguna base juridica.
Por cierto, esa misma ley de responsabilidad ambiental obliga, a un gran colectivo de empresas que se determinan en el Anexo III, a que suscriban un seguro o un aval bancario que les permita hacer frente a esos daños potenciales.
En resumen. La AEC detectó ya en 1972 serios problemas de diseño en los recintos de contencion de los reactores de GE tipo Mark I y propuso proihibir tales diseños. La propuesta fue rechazada porque eso supondría acabar con al energia nuclear. 35 años mas tarde, los reactores de Fukushima han padecido problemas similares a los que se estudiaban en aquel informe. El Sr. Fernandez y yo discrepamos sobre si tal defecto es extensible a otros muchos reactores difernetes al Mark I e incluso da la impresion de que el Sr. Fernandez niega que el problema del hidrogeno de Fukushima tenga algo que ver con aquel informe de Hanauer, algo que el New York Times afirma (que es de donde sale todo este hilo de discusion) .
Por otro lado si la ley de responsabilidad ambiental fuera aplicable tambien a las centrales nucleares, no habria ninguna central nuclear, porque sus propietarios no estan dispuestos a asumir los riesgos derivados de un accidente.
Mientras tanto, los ciudadanos sufrimos el peligro de esos reactores sin poder hacer nada y sin conocer esas discusiones tecnicas internas. En caso de accidente no solo sufrimos las consecuencias sino que las apagamos a escote.
Eso sí, los pronucleares no ven peligro por ningun lado, y eso que ya llevamos tres casos de reactores que se han salido de control, con mas de 400.000 millones de euros en perdidas economicas y un número desconocido de vidas pedidas, que los productores nucleare han conseguido eludir gracias a las injustas leyes derivadas del Convenio de Viena.
Un cornudo y apaleado ciudadano deja constancia de ello. Los liberales deberían dejar constancia de la injusticia de tales privilegios.
Mi visión particular del primer asunto: el Sr. Aranguren trae una frase escrita hace 39 años en un documento de dos párrafos (sí, párrafos, no páginas) en respuesta a la petición que, privadamente, le formula un colega que hace un reparo técnico a un cierto diseño de reactor nuclear, y concluye que existe algo así como una conspiración internacional de la Agencia Internacional de la Energía Atómica, el Consejo de Seguridad Nuclear, los propietarios de centrales nucleares y tutti cuanti para ocultar los auténticos riesgos de la energía nuclear. Da igual que don Manuel le explique cuál es el reparo técnico, y que ya ha sido solventado. El Sr. Aranguren se agarra a la referida frase para poner en duda la “honestidad intelectual” de todo el que se pone por delante.
Sobre el segundo asunto, no voy a profundizar demasiado. Primero, dar las gracias al Sr. Aranguren porque me ha permitido localizar la Ley española sobre responsabilidad civil por daños nucleares: Ley 12/2011, de 27 de mayo. Y segundo, decirle al Sr. Aranguren que tiene razón en los hechos pero no en las conclusiones, por la sencilla razón de que no cuenta, por ignorancia o por mala fe, todos los hechos.
A) Es cierto que la Ley limita la responsabilidad del explotador a la cantidad de 700 ó 1200 millones de euros según el caso. Pero es necesario relativizar este aspecto:
1) La responsabilidad (económica) está limitada por la solvencia de quien causa el daño. No hay muchas empresas en este país que valgan 700 ó 1200 millones de euros, y ya no hablo de pagarlos sin que cierren. En un post anterior hablaba de que el Tribunal que juzgó el atentado del 11-M declaró responsable civil subsidiario al Estado. En realidad, el Estado asume el pago de las indemnizaciones (en las cantidades que no pueden ser abonadas por los terroristas) en virtud del principio de solidaridad: Ley 32/1999, de 8 de octubre, de solidaridad con las víctimas del terrorismo.
2) Existe un medio perfectamente legal de limitar la responsabilidad: constituir una sociedad anónima o de responsabilidad limitada, donde la responsabilidad económica está limitada por el patrimonio de la propia sociedad.
3) Hasta ahora, no se ha producido en Occidente ningún accidente nuclear con daños a terceros de esa magnitud imputables, con la legislación general en la mano, al operador de la central.
B) Y la Ley 12/2011 impone obligaciones que superan ampliamente, en mi opinión, la posible ventaja de la limitación de la responsabilidad civil.
1) La Ley 12/2011 hace responsables a los titulares de centrales nucleares de daños de los que, en un caso general, no serían responsables. El Preámbulo de la Ley, apartado II, primer párrafo, lo explica claramente: “responsabilidad objetiva del explotador por los daños nucleares (…) con independencia de la causa origen”. En el mismo sentido, el Artículo 4.1: “Esta responsabilidad será independiente de la existencia de dolo o culpa”. Aunque la propia Ley, Art. 6.3 excluye los accidentes debidos “directamente a actos de conflicto armado, hostilidades, guerra civil o insurrección”, resultando llamativo que no se citen el terrorismo ni las catástrofes naturales.
Para rematar, es interesante la redacción del Art. 4.2: “Cuando los daños nucleares sean causados conjuntamente por un accidente nuclear y por un accidente de otra naturaleza, el daño causado por este segundo accidente, en la medida en que no sea posible separarlo con certeza del daño causado por el primero, se considerará también como daño bajo la responsabilidad del explotador a los efectos de la aplicación del apartado anterior de este artículo”. Permítanme decirles cómo interpreto este artículo con un ejemplo: en el reciente accidente de Fukushima, los daños producidos directamente por el terremoto y el tsunami no son imputables, obviamente, al titular de la central nuclear, pero sí lo sería la muerte de cualquier persona que falleciese a consecuencia de la radiactividad liberada. Incluso podría ser imputable el lucro cesante por la evacuación de la población en un área de 20 ó 30 km en torno a la central.
Veamos un contraejemplo. Si yo golpeo con mi coche a otro vehículo, yo soy responsable de los daños, a menos que alguien me hubiese golpeado a mí primero, haciendo que yo golpeara al tercero: en ese caso, el responsable es quien me golpéo a mí.
2) La Ley 12/2011 exige al titular de la central nuclear la contratación de un seguro (o inmovilización de fondos propios) por el importe de 1200 millones de euros para cubrir los daños referidos, un seguro que tampoco se exige con carácter general. En general, no se exige a las empresas la contratación de un seguro para cubrir los daños que pueda ocasionar su actividad, aunque sí en ciertos sectores. Por ejemplo, en el sector de los hidrocarburos (Art. 9.4 de la Ley 34/1998), pero es un seguro de responsabilidad limitada.
Por cierto, Las compañías no aseguran daños por catástrofes naturales, sino que dichos daños son reasegurados por una empresa pública: el Consorcio de Compensación de Seguros (http://www.consorseguros.es/web/guest). Es por ello que, en el reciente terremoto de Lorca, es el Consorcio quien valorará los daños en los bienes asegurados.
4) Los perjudicados por daños nucleares (cualquier daño nuclear) tienen un plazo de 30 años para reclamar, lo que es claramente excesivo.
En definitiva, parece obvio que la Ley 12/2011 perjudica más que beneficia a los titulares de centrales nucleares, porque les hace responsables de daños de los que no son objetivamente responsables (atentados terroristas, accidentes de aviación), les obliga a contratar un seguro por un importe discutible, y establece un plazo de reclamación absurdo.
En cuanto a las consecuencias de un ataque terrorista a gran escala, hay otra forma de verlo, y es desde el punto de vista del propio terrorista.
Tienes dos opciones:
La primera es estrellar un avión (o misil) directamente sobre una ciudad arrasando una manzana entera o un gran rascacielos (como ya ocurrió en 2001) provocando la muerte dramática de miles de personas sin que haya posibilidad de evacuación.
La segunda opción es lanzarlo sobre una central nuclear y ver qué pasa. Supongamos que la suerte y los conocimientos de los terroristas sean suficientes como para causar daños en suficientes sistemas de seguridad simultáneamente como para provocar una situación como la de Fukushima (lo cual no será fácil). En dicha situación, probablemente causarían varias muertes entre empleados de la central pero no sería una cifra dramática, pero habría tiempo de sobra para evacuar la población civil próxima a la central.
Se vivirían unas semanas o meses de tensión, con multiples especulaciones sobre qué va a pasar, pero pasados unos años el atentado se recordaría por una veintena de fallecidos y unas cuantas semanas o meses de desconcierto.
Si el objetivo es causar muchas muertes, lo lógico es que opten por destinar el avión/misil directamente sobre una zona poblada.
Estimado Aranguren,
Definitivamente no sabe usted de lo que habla y no tiene tampoco ganas de aprender. Le recomiendo que lea todos los artículos que he escrito sobre la evolución del accidente de Fukushima. Especialmente el que dedico enteramente a las explosiones de hidrógeno. Y luego comentamos lo de “verde y con asas”. Usted verá lo que quiera, pero no entiende ni lo que ve ni lo que debe mirar.
Saludos.
La primera en la frente: empieza diciendo Hanauer “Here is an idea to kick around. Please let me have your reactions”, o sea, intercambio de opiniones (o como usted quiera llamarlo) personales.
Por otra parte, el propio Hanauer no pide el desmantelamiento de las centrales nucleares entonces existentes, sino que se prohiba cierto diseño, y ni siquiera de forma inmediata, sino con un plazo de carencia de dos años: “say two year after the policy is adopted”.
En cuanto a la respuesta de Hendrie: “the end of nuclear power”, es claramente una exageración. Como le ha aclarado Don Manuel, la central de Garoña no se vería afectada por el reparo de Hanauer.
En resumen, juega usted al alarmismo, Sr. Aranguren.
El Convenio de Paris que exonera casi totalmente a los propietarios de las centrales nucleares de pagar los daños que se produzcan en caso de accidente se firmó el 29 de julio de 1960. El pasado mes de mayo el parlamento español actualizó la cifra de riesgo maximo a 1.200 Millones de euros (antes era 700 millones).
No hay ningun industrial ni particular que tenga ese privilegio. Es una subvencion encubierta que, segun ciertos calculos, equivale a unos 1.000 millones de euros por central, pues eso sería el coste de las primas de seguro que tendrían que contratar si no tuviera tal exencion.
Y es que la nuclear es muy barata… para los propietarios de las centrales, no para la sociedad.
Estimado Sr. Ordoñez:
¿Estaba usted alli, cuando las explosiones, para decir que fueron en el exterior de los reactores?. Yo lo que veo es que ha saltado por los aires la tapa del recinto de contencion, lo que refleja que la explosion ha sido de dentro a afuera…. Es decir: verde y con asas.
Por cierto, inicialmente la version fue que la explosion fue en una torre electrica. Todavia una explicacion mas increible, a la vista del penacho de humo que se vio en la tele.
Reducir le memorandum de Hanauer y la contestacion de Hendrei a un intercambio de opiniones personales, como el que podemos tener usted y yo, es muy osado. El Sr. Hanauer es un alto cargo de la AEC, muy pronuclear, que tuvo un papel importante en la crisis del accidente de Thee Mile Island.
Yo lo que veo es la opinion alarmada de ese alto cargo de la AEC sobre un problema de diseño que considera muy peligroso, hasta el punto d epedir que se prohiba su uso fuyturo, y una respuesta de otro miembro de la AEC, que es la que prevalece, que dice que si se hace eso, se acaba con las centrales nucleares. Evidentemente son textos que nunca estaban destinados a ser leidos por el publico, porque en esa épcoa ni se soñaba con tener acceso a este tipo de documentos.
Me emociona su fe en Garoña y en la honestidad intelectual de las autoridades reguladoras nucleares que garantizan su funcionamiento durante 20 años mas, algo en lo que no creain sus diseñadores originales Yo tambien creia en una época en la Virgen de Lourdes, pero fue hace tiempo.
Sr. Aranguren: pues abandonemos los seguros y tenga la amabilidad de decirme qué Ley obligaría al propietario de un edificio a indemnizar a los familiares de los fallecidos por el derrumbamiento del edificio como consecuencia de un atentado terrorista.
En el mismo sentido, la sentencia del 11-M establece unas indemnizaciones a satisfacer por los terroristas, y si no me equivoco, subsidiariamente por el Estado, pero en ningún caso se imputa responsabilidad alguna a RENFE como propietaria de los trenes, ni a ADIF como propietaria de las estaciones.
Y para rematar: ¿qué Ley (referencia y fecha de publicación, por favor) es ésa que exime de responsabilidad legal a los operadores de centrales nucleares?
Un saludo.
Estimado Aranguren,
Sus comentarios son técnicamente incorrectos.
1) En primer lugar, las explosiones de hidrógeno de los reactores 1 y 3 de Fukushima no tienen lugar en el interior de las contenciones, sino en el exterior de las mismas. Es decir, fuera de los reactores y de las contenciones. Las explosiones se dan, precisamente, cuando se ventea parte de la atmósfera interior que contenía hidrógeno a la parte superior del edificio del reactor.
2) En el interior de la contención no pueden tener lugar explosiones de hidrógeno porque están inertizadas con nitrógeno, precisamente para prevenir tales eventos. De hecho, esto es lo que dice Hanauer que es precisamente lo que hay que hacer en su carta.
3) Por otro lado, tal evento jamás podría tener lugar en Garoña, por ejemplo. Pues la central de Garoña ventea (en caso necesario) de manera directa al exterior del edificio del reactor, es decir, a la calle. De tal modo que jamás se alcanzaría una concentración elevada de hidrógeno en el interior del edificio del reactor, como pasó en Fukushima.
4) Visto esto que le acabo de comentar no considero necesario, por tanto, cerrar la central de Garoña.
5) De todos modos, lo que opine yo es totalmente irrelevante. El único organismo con autoridad para pronunciarse sobre la seguridad de una central nuclear española es el Consejo de Seguridad Nuclear. Este organismo ya se pronunció y dictaminó que Garoña es segura para operar 20 años más.
6) La central de Garoña, al igual que todas las europeas, va a someterse a los stress tests, esperaremos por tanto a los resultados.
Con respecto a la carta de Hendrei, únicamente decirle que se trata de una opinión personal intercambiada por escrito con otro colega. No se trata de una postura oficial de la entonces NRC ni muchísimo menos. Podríamos tomar cualquier otra carta personal de cualquier otro miembro diciendo lo contrario. Como si dentro de 40 años alguien toma este intercambio de argumentos entre usted y yo, borra los míos y únicamente se queda con los suyos. La postura oficial de la NRC es que las centrales americanas son seguras, las estadísticas de operación les avalan.
Un saludo.
No desplace usted el tema a los seguros. Preguntese mas bien porqué los propietarios de las centrales nucelares tienen una responsabilidad limitada legalmente, en estos momentos de 1.200 millones de euros, frente a daños a terceros que tengan su origen en accidentes nucleres. Ningun otro sector tiene esa exencion de responsabilidad.
La respuesta es simple: porque los propietarios de las centrales desconfian de la seguridad de su centrales y exigieron desde el inicio (alla en los años 60) una exoneracion de responsabilidad civiles en caso de accidente.
Por eso mismo desconfiamos muchos de la supuesta seguridad de estas centrales.
Le agradezco su precision, pero su explicacion no coincide con el texto del segundo documento, el firmado por el tambien miembro de la AEC, el Sr Hendrie. En efecto, esta persona, al proponer no tener en cuanta la propuesta de Hanauer, reconoce explícitamente que modificar la política de la AEC sobre esos recintos de contención supondría acabar con las centrales nucleares. No dice que supondría acabar con las centrales nucleares de la GE tipo Mark I, que es lo que usted interpreta.
Tampoco me parece acertado deducir que la recomendacion de Hanauer no ponga en duda la seguridad de esos reactores que utilizan ese tipo de contencion. Basta leer el texto de su recomendacion: prohibir su uso en las centrales futuras. No dice mejorar el diseño u otras medidas paliativas, dice prohibirlas.
En todo caso le recuerdo que la central de Fukushima, como la de Garoña, como las de otras 22 centrales en USA y varias más en el mundo, son precisamente del tipo Mark I de GE. Son centrales más viejas que la pana y como sabemos ahora tienen desde su inicio problemas de diseño que posibilitan, como Fukushima lo ha demostrado, la creacion de burbujas de hidrogeno que explotan y destrozan el contenedor.
Supongo que usted estara de acuerdo que es urgente cerrarlas.
Tampoco acabo de ver por qué el propietario de una central nuclear debe indemnizar los daños producidos por un atentado terrorista.
De hecho, no conozco ningún seguro obligatorio (de edificio, incluyendo rascacielos, coche, etcétera) que le indemnice por los daños producidos por un atentado terrorista.
Por último, le sugiero una visita a Japón, o sea, a Hiroshima o Nagasaki. Encontrará que no son ciudades inhabitables.
Una aclaración a mi primer comentario: cuando digo que un Estudio de Impacto medioambiental concluye habitualmente con la conclusión que le interesa al que lo paga estoy diciendo que por ejemplo en el caso de una autopista, el que paga el estudio le interesa que la autopista se haga (por ejemplo al promotor de la autopista o al adjudicatario) el estudio de impacto dirá que no hay impacto o que en caso de haberlo se puede minimizar de forma asumible, mientras que si por el contrario al que paga el estudio no le interesa que se haga (por ejemplo a un loby ecologista) las conclusiones del Estudio serán justo las contrarias del caso anterior. Y respecto a los tests de las centrales nucleares tres cuartos de lo mismo: me temo que los tests dirán lo que quieran que digan los que los pagan: bien sea para justificar su cierre bien sea para justificar su continuidad. Por poner nombres y apellidos: si el Gobierno ha decidido que las nucleares deben cerrarse los tests lo justificarán y viceversa, de igual manera que los tests de estress bancarios dijeron que la Banca española estaba fuerte como un roble precisamente porque eso el impulsor de los tests era el Gobierno español que quería justo que dijeran eso. Dicho de otra manera: ¿habría impulsado esos tests de la banca el gobierno español si supiera que la conclusión que saldría era que la banca española está en una situación extremadamente complicada como se ha demostrado finalmente ?
Pues si tenía dudas sobre tu conocimiento del medio, acabas de despejármelas. Aunque trabajo con Planes y no con Proyectos, puedo decirte que es muy difícil que un Estudio de Impacto Ambiental concluya prohibiendo la obra (proyecto) en cuestión, savo, y ahí te doy la razón, que la conclusión NEGATIVA sea previa a la redacción. Insisto, en el 99,9% de los casos, el Estudio de Impacto Ambiental simplemente establece las medidas preventivas y correctoras a adoptar. Vamos, que la comparación está bastante mal escogida para el fin que pretendes.
En mi opinión, los stress tests son únicamente un instrumento ideado por los políticos al servicio de sus propios intereses (en este caso, calmar una opinión pública que, francamente, no parece muy preocupada, y ahí está el nulo efecto electoral de la decisión de Merkel) y que la industria nuclear (cuyas normas de seguridad ya son muy estrictas) ha de comerse con patatas sí o sí. Y, en consecuencia, es evidente que el contenido de los stress tests es simplemente arbitrario.
O sea que según tu mismo admites el 99,9% de los Estudios de impacto medioambiental concluyen (más allá de tecnicismos que lo único que hacen habitualmente es esconder el verdadero significado de las conclusiones) que los Proyecto son viables mediaombiantalmente: ¡¡¡Realmente Asombroso: la totalidad de Proyectos que requieren Estudio mediambiental son viables desde el punto de vista mediambientalmente !!! Vamos ni Franco tenía esos índices de apoyo popular (el de Corea del Norte creo que llega a ese 99,9% . ¡¡¡¡Y encima con el “truquito” de las recomendaciones!!!!!Las recomendaciones (en mi gremio se llaman “condiciones”) es el “as” que nos guardamos en la manga los técnicos cuando no tenemos cataplines para decirle NO al que nos paga el Estudio porque sabemos que ese será el último que nos encargue y decimos “SI pero con las siguientes condiciones: que los burros vuelen y que las ranas críen pelo”. Y una vez cobrado el Plan y ejecutada la obra sin que los burros vuelen y las ranas críen pelo, a mí que me registren.
Para contradecirme no tiene más que darme el % de los Estudios de Impacto medioambiental que conozca que hayan contradecido de manera tajante los intereses del que los paga: ¿quizás ese 0,1% que se deduce del porcentaje citado por usted?
Estimado Aranguren,
He leído atentamente el documento que adjunta y creo, sin ánimo de ofender (nada más lejos de mi intención) que no ha entendido de lo que habla. En su comentario más arriba pone usted una traducción del resumen de la carta, en ella se refiere a “recintos de contención con presión menor a la atmosférica”. Esta traducción indica que no está usted familiarizado con la tecnología nuclear y, mucho menos, con la tecnología que se describe en el documento. Permítame explicarme.
A lo que se refiere la carta es a los diseños con “pressure supression containments”, es decir, los diseños que disponen de una cámara de supresión especialmente destinada a absorber picos de presión de vapor en la vasija mediante su derivación a un recinto de gran volumen parcialmente lleno de agua. En caso de un evento tal, la vasija envía el vapor hacia la piscina de supresión, donde el mismo se condensa, reduciendo así la presión en la vasija.
Lo que hace Hanauer es una comparación de los diseños GE que tienen esta tecnología y los diseños Westinghouse de contención “seca”, los PWR por ejemplo. La conclusión a la que llega es que, desde el punto de vista de un transitorio con elevada presión, la tecnología Westinghouse tiene más margen de seguridad que la tecnología GE (en el año 1972) debido al volumen de la cámara de supresión. Simplemente está comparando dos tecnologías y concluye que una es más segura que la otra. Pero esto no implica que la primera tecnología sea insegura.
La discusión sería análoga a si comparamos un BMW de 180.000 euros y un Clio de 14.000 euros. Es evidente que el BMW es bastante más seguro que el Clio, pero eso no implica que este último sea inseguro y, de hecho, pasa todos los test de seguridad requeridos por las autoridades pertinentes, si no fuera así no estaría circulando. Exactamente lo mismo pasa con estos dos diseños. Los dos son seguros, pero una contención grande (de mayor volumen) te da más margen de seguridad que una contención pequeña en el caso de un transitorio de presión.
De hecho, la evolución de los reactores de GE siguió ese camino y los reactores posteriores se hicieron de contención mucho mayor.
Es habitual ver cómo la gente (no digo que usted lo haya hecho, no me malinterprete) bucea por internet y, cuando encuentra un documento que le gusta (lo que usualmente implica que corrobora la tesis que ya tenía en mente) lo publica sin mencionar los otros cientos de documentos que lo refutan. Es un clásico de la teoría de la conspiración. Para ello se necesita, por supuesto, un agente conspirador, en este caso suele ser el “lobby nuclear” que parece tener el poder de hacer lo que quiere con todos los gobiernos del mundo y hacer y deshacer las leyes a su antojo. Parece tener también el extraño poder de conseguir que un político le autorice los permisos de una central nuclear cuando está totalmente demostrado (según la teoría de la conspiración) que una central nuclear es algo así como una caja bomba siempre a punto de estallar y provocar miles y miles de muertos. Bastante estúpido sería el político de turno, ¿no cree usted?
Saludos.
Para “uno que pasa por aqui.”
Supongo que se dará usted cuenta que uno vive en un rascacielos si quiere, pero que uno tiene que vivir “cerca” de una central nuclear lo quiera o no. Tambien se dará cuenta de que en caso de que el rascacielos responde de los daños que produzca, pero las centales nucelares no.
Son los pequeños detalles que hay que tener en cunta a la hora de comparar.
Dicho esto le cuento una anecdota: cuando Iberduero (hoy Iberdrola) defendía su central de Lemoniz, aseguraba que la misma aguantaba “missiles”. Exigida la pertinente aclaracion, tuvo que reconocer que lo que aguantaba era solo el impacto de una pequeña avioneta, pero no de un avion. Son pequeños trucos del lenguaje, al que tan propensos son los lobbys nucleares.
El CNI considera que la amenaza colectiva mas grande que hay en españa es el ataque terrorista contra una central nuclear. Los franceses, conscientes de la extrema debilidad del centro de tratamiento de La Hague, decidieron colocar dos aviones Mirages en sus inmediaciones, para tratar de impedir una repeticion del atentado de las torres gemelas sobre esta hipersensible y peligrosa planta.
Evidentemente somos muchos los que creemos que los Mirages no llegarian a tiempo de evitar el atentado y y que los efectos de ese atentado pueden hacer inhabitable fuertes partes de europa. Y no vemos que merezcva la pena, para una energía que solo aporta el 5-6% del total de la energia muncial, apenas lo que ha crecido el consumo de energía en el año 2010.
Paso de sus estupidos comentarios sobre “tocar huevos” e insultos como “perroflauta”. En mi tierra no utilizamos esa expresion, pero tenemos algunas muy contundente para las personas que razonan como usted.
Para el Sr. Fernandez Ordoñez:
1.-La direcion del enlace donde figura el informe de Hanuaer es el siguiente:http–graphics8.nytimes.com-images-blogs-greeninc-hanauer.pdf.
2.- Por cierto la respuesta de sus compañeros de la AEC, a través de lal Sr. Hendrie, fue rapida (25 de septiembre de 1972) y tan cinica como era de esperar:
” Cambiar de política e este aspecto, particularmente ahora, puede suponere el fin de la energía nuclear”
Como se puede ver, no se discuta la validez técnica del informe de Hanauer, sino que se prioriza la continuidad de la tecnologica nuclear, entonces incipiente, a pesar de que se sabía que los recintos de contencios a subpresion podían dar mas problemas de seguridad que los que trataban de evitar.
El enlace para ver esta respuesta es: http–graphics8.nytimes.com-images-blogs-greeninc-hendrie.pdf
El problema aquí so es si la energía nuclear es peligrosa o no, el problema real es la responsabilidad ciudadana, un ejemplo claro lo veo en Venezuela. El técnico de refrigeración insistia en usas amoniaco por la razón de lo económico pero yo le dije que no por lo siguiente problemas que lo peligroso el uso y la capacidad del venezolano de poder entenderlo pero el insistía en el famoso amoniaco, al pasar el tiempo otras compañía lo utilizaron con resultados catastróficos como la muerte de algunos obreros, en algunos casos obtenían el gas en bolsas plásticas de pollo y después lo vaciaban an la cabina del conductor de reparto ocasionando la muerte del conductor y en otros caso el descuidos del mantenimiento preventivo en la cual ocasionaron accidentes graves, y de paso todos los problemas lo ven como un chiste o se burlan de los demás. Por eso yo digo que el problema no es la energía nuclear sino la responsabilidad ciudadana y profesional en cualquier tipo de trabajo, según el grado de peligrosidad es el grado de comprometerse en los compromisos en la cual estas haciendo dicho trabajo.
Estimado Aranguren,
Estaría encantado de leer ese informe si nos pone usted un enlace.
Saludos.
ARANGUREN,
Los rascacielos tampoco resisten a un loco de esos que pululan con un avión. Hay precedentes. Seguro que ha sido el lobby nuclear el que ha conseguido que aún así se sigan construyendo rascacielos. Lo mismo con hospitales y colegios, tampoco resisten el impacto de un avión. Habrá que cerrarlos todos, pero ya está el lobby nuclear para evitar que se cierren.
Es muy curioso lo de los antinucleares. Primero tocan los huevos todo lo posible para que no se construya ni una sola central nueva. Luego tocan los huevos porque las centrales que hay son antiguas (según ellos). El discurso de “siempre gano yo”. Venga a comer flores y a tocar la flauta por ahí. Curiosamente todos los perroflautas tienen portátil para meterse a trolear en todos sitios. Será que sus portátiles son ecológicos y no funcionan con energía eléctrica.
Esto de los test lo explicó muy graficamente un programa de humor de la tele francesa: Se echa un balde de agua y se comprueba si la central sigue en funcionamiento. Se tira una piedra y se comprueba si la central resiste. Despues se firma el consiguiente certificado y se celebra con champan.
Lo que no se va a comprobar, porque ya se sabe que no resite, es que pasa si un loco de esos que pululan estrella un avion contra un reactor o si hay un sabotaje a los sistemas de refrigeracion de la central. ya se sabe que las centrales nucleares no aguantan esos sucesos, pero…. seguiremos diciendo que son seguras.
Por cierto: ¿Tiene algun comentaio el Sr. Fernandez Ordoñez a la noticia aparecida en el New York Times que reproduce el memorandum de la AEC (La antigua Comision de Energia Atomica de USA), de fecha tan lejana como 1972 donde se dice que los diseños de reactores que basan su seguridad en recintos de contencion a menor presion que la atmosferica (es decir todos los españoles y, entre otros, los de Fukushima) tienen más problemas de seguridad que los que pretenden evitar, por lo que deben ser eliminados?. El texto es de Hanauer y anticipa lo que ha paado con las explosiones de hidrogeno de Fukushima. Reproduzco su resumen ejecutivo, traducido:
“Recientes sucesos han sacado a la luz las desventajas que en materia de seguridad tienen los recintos de contencion a menor presión que la atmosferica. Aunque presentan ciertas ventajas en materia de seguridad, creo que en el balance final pesas mas las desventajas. Recomiendo que la AEC acometa una política de disuasión en el uso futuro de estas recintos de contención, y que tal técnica no se aceptada en las licencias posteriores a una fecha que debe ser decidida”.
Evidentemente el lobby nuclear evitó que este peligrosos diseños fueran prohibidos por la AEC, hasta hoy.
El problema aquí no es si la energía nuclear es peligrosa o no, el problema real es la responsabilidad ciudadana, un ejemplo claro lo veo en Venezuela. El técnico de refrigeración insistía en usas amoniaco por la razón de lo económico pero yo le dije que no por el siguiente problemas, lo peligroso el uso y la capacidad del venezolano de poder entenderlo pero el insistía en el famoso amoniaco, al pasar el tiempo otras compañía lo utilizaron con resultados catastróficos como la muerte de algunos obreros, en algunos casos obtenían el gas en bolsas plásticas de pollo y después lo vaciaban en la cabina del conductor de reparto ocasionando la muerte del conductor y en otros caso el descuidos del mantenimiento preventivo en la cual ocasionaron accidentes graves, y de paso todos los problemas lo ven como un chiste o se burlan de los demás. Por eso yo digo que el problema no es la energía nuclear sino la responsabilidad ciudadana y profesional en cualquier tipo de trabajo, según el grado de peligrosidad es el grado de comprometerse en las obligaciones en la cual estás haciendo dicho trabajo.
pvl:
Siempre te queda el recurso de encargar tu propio estudio, o de pedir que lo haga tu grupo de interés-presión, o de hacer tu análisis y describir las falencias que encuentres.
Me parece una buena idea siempre y cuando no se redacten con los mismos “criterios objetivos”” con que se redactan los famosos estudios de impacto mediambiental cuyas conclusiones podemos resumir de la siguiente manera:
1º Las conclusiones de todo Estudio de impacto mediambiental serán las que interesen a quien lo paga.
2º En caso contrario simplemente se mete el 1º estudio en un cajón, y se cambia de técnico redactor hasta que se cumpla el punto 1º.