Teoconadas y ateoconatos

Artículo 18 de la Declaración de Derechos Humanos
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

No leo en ningún sitio que todo el mundo tenga derecho a imponer a otros su pensamiento, su conciencia, su moral o su religión. Conclusión: el Estado tampoco. Y si le niego el derecho a una institución, como lo es el Estado, se lo niego a todas las instituciones. A las Iglesias también. En otras palabras, la pertenencia a una organización que representa un credo particular es libre y voluntaria. El individuo tiene derecho a entrar, salir, creer, no hacerlo, como y cuando le de la gana. La institución carece de derechos y por tanto adolece de medias de presión legítimas para evitar una apostasía o propiciar una conversión. Las normas de que se dote esa institución son sólo válidas para sus miembros, durante el tiempo de pertenencia a la misma y pierden toda validez una vez se extingue la “afiliación”.

“Little else is requisite to carry a State to the highest degree of opulence from the lowest barbarism, but peace, easy taxes, and a tolerable administration of justice; all the rest being brought about by the natural course of things.” Adam Smith

Y lo más natural es que cada institución, grupo, empresa, organismo se dote de los mecanismos privados necesarios para realizar su actividad privada. También la recaudación de fondos.

Ocurre que somos gente práctica y necesitamos traducir en hechos nuestras ideas. Lo mejor es hacer una lista de prioridades, más que nada para empezar por algún sitio. Y como el tema va de religiones, creencias, voodoos y cosas por el estilo pagadas con mi dinero o que utilizan las estructuras del Estado que yo pago para sus fines, me voy a la prensa y abro los papeles por cualquier parte. Ya que la cosa es tan acuciante, seguro que algo encuentro. Anda! Efectivamente, va de ecoloteologías aplicadas al derecho, y del ejercicio del mismo con mi dinero!:

La estación de esquí de San Glorio, proyectada en parte sobre un parque natural entre Palencia, León y Cantabria, no podrá ser construida. No como está diseñada. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado el plan de la Junta, del PP, que en 2006 permitió esquiar pese a ser un espacio protegido. La sentencia admite que, como señalan los informes científicos, “es muy dudosa la viabilidad económica” de la estación “por el cambio climático”. La sentencia, pionera en reconocer el cambio climático

Ya tengo una prioridad en mi lista. Un juez aplicando su sharia particular, su “fé” volcada en una sentencia judicial, su catecismo entrando a formar parte de la jurisprudencia. Que nadie dice nada? Pues lo digo yo.

Les dejo con una sentencia que me ha venido a la cabeza estos días tras leer sus artículos y comentarios sobre teoconadas y ateoconatos. Espero que les guste (y que se lo tomen en serio y se anden con cuidado):

“La voluntad del pueblo no es el punto de partida de la acción política, es su consecuencia.” Joseph Schumpeter

Luis I. Gómez
Luis I. Gómez

Si conseguimos actuar, pensar, sentir y querer ser quien soñamos ser habremos dado el primer paso de nuestra personal “guerra de autodeterminación”. Por esto es importante ser uno mismo quien cuide y atienda las propias necesidades. No limitarse a sentir los beneficios de la libertad, sino llenar los días de gestos que nos permitan experimentarla con otras personas.

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7 comentarios

  1. ¿Lo ves como no era adecuado? 😀 Si es que me lo conozco más bien… 😛

    Eeh, bueno creo que, siguiendo su idea, aún es peor que yo comente y no me digas teocón a cada minuto… 😛

  2. Vaya tarde que llevas, Isidoro! Tengo que volver a darte la razón! Efectivamente, confundir “democracia” con “voluntad del estado” y ésta con “voz del pueblo” (y en ese orden, además) es un pathos que tanto nazis como demócratas populares chinos, chavistas o castristas (no le preguntes a Llamazares, le ofenderá la duda!) padecen y que el vulgo denomina totalitarismo.
    Pero tú no, claro. Tú lo ves diferente, no?

  3. Exactement mon ami! lo enlazo y lo ensalzo! Toda medida que elimine la intromisión del estado en mi vida privada es digna de enlace y alabanza. Razones? el juez que dicta la sentencia que aludes no hace uso de “su” doctrina, se limita a evitar que tú (u otros) me impongas la tuya.
    Saludos!

  4. Pero si la Sentencia reconoce nada menos que un derecho de objeción de conciencia respecto de una asignatura educativa entonces no es “aplicación del catecismo”. No, entonces lo enlazas y está genial.

  5. Uuy, Luis, este post no es adecuado. Sigues haciendo ver que eres un teoliberal, porque no te has metido con los pasos de Semana Santa o con el Tibet 😛

    Por cierto, que los últimos rumores son que Al-Gore se va a presentar como candidato demócrata… ¿Alguien se imagina al señor “se-acaba-el-mundo-viene-el-cambio-climático” de Presidente? o_O

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