En vista del debate público suscitado en torno al caso Terri Chiavo me parece conveniente hacer algunas observaciones sobre los conceptos de Moral y Legalidad desde un punto de vista objetivista, siempre teniendo en cuenta mis dificultades para “redondear” personalmente según que conceptos.
En primer lugar, es necesario retener que el objetivismo ve como única meta del Estado la protección de los ciudadanos ante cualquier tipo de violencia. La acción del Estado es inherentemente negativa. Consiste, tal y como formula Leonard Peikoff, en “la destrucción de lo destructivo». Sería pues “objetivista” exigir la supresión de todas las leyes que desprecien los derechos individuales. Al contrario que los representantes conservadores de las «mayorías morales», los objetivistas rechazan cualquier actuación estatal encaminada a imponer una determinada línea moral. Eso no significa que los objetivistas sean Nihilistas morales. Antes al contrario. Leonard Peikoff escribe en su obra: «Objectivsm: The Philosophy of Ayn Rand» que un ganador de lotería o un rico heredero tienen el deber moral de seguir trabajando, por ejemplo.
La comisión de actos criminales representa el peor mal social. Un 97 o un 98% de todos los españoles no cometen durante su vida actos criminales serios lo que no excluye precisamente que infrinjan los principios de una moralidad objetiva. El hecho de que las personas se resistan a usar la violencia, no es en absoluto indicio de que tengan un buen carácter. El objetivismo considera como una responsabilidad personal de cada uno el hecho de conducirse según normas morales. La moralidad, para que sea objetiva, ha de elegirse no obstante libremente. Es objetiva, porque toma la vida como valor más absoluto.
El bien no es ni intrínseco, ni subjetivo, sino objetivo y objetivizable. La moralidad debe de ser DESCUBIERTA por medio de un proceso cognitivo, nunca INVENTADA.
Yo resumiría así:
El objetivismo juzagaría la muerte de Terri Chiavo como un acto inmoral de la razón por cuanto que destructivo de la vida por imperativo legal.
Es más que una tesis una provocación. Alguien tiene otra respuesta?
Lectura: William Thomas, “Morality and Legality”
Me parece increíble que en este siglo tengamos que contemplar algo así como la muerte de Terry, una persona que quedó indefensa al criterio de jueces que no fueron capaces de comprender el dolor de los padres.
Las leyes en Florida deben cambiar inmediatamente, pues de lo contrario tendríamos todos que estar muy conscientes de lo que un esposo puede determinar cuando ya no desea hacerse cargo de su esposa.
En realidad, el análisis de este caso no es tan complejo, porque simplemente la vida de una persona no se puede anular intencionalmente de un momento a otro, aunque esto signifique una carga.
Mi opinión es que esto es más que un asesinato, pues los jueces no debieron ser tan inflexibles y ordenar que los médicos le colocasen nuevamente la sonda.
Ojalá no se repita este hecho tan lamentable para bien de todos los ciudadanos, pues quien mejor que los padres de Terri que iban a hacerse cargo de su hija. Es injusto lo que ha sucedido.
Wonka, Herzog, gracias por los enlaces. Desde el punto de vista moral, y sin tecnicismos, me gusta el artículo de «El Semanal Digital». Sin embargo creo que estas cuestiones, de ser reguladas, han de serlo en base a criterios estrictamente técnico. Otra cosa es que, como insinúa Wonka (creo), sin necesidad de regulación, se garantize la libertad absoluta de los padres (u otros) para quedarse con lo que queda de Terri.
¿Puedo añadir un nuevo punto de vista en forma de artículo de opinión?
No es tan profundamente técnico en ningún aspecto; pero. es que precisamente yo creo que eso es lo que vicia los debates de fronteras poco nítidas:
http://www.elsemanaldigital.com/articulos.asp?tema=firmas&subtema=018
No sé si es éste el lugar para decir algo sobre lo de Schiavo, pero bueno. No tengo un juicio muy formado, pero mi intuición moral (como a Dodgson) me dice que está mal dejar morir de inanición a esta mujer, independientemente de que pueda estar legalmente muerta, en lo que no entro por desconocimiento.
Mi intuición o mi sensación, creo, tiene que ver, después de pensarlo mucho, con el entendimiento que tienen de la propiedad gente como Rothbard y muchos austríacos. Obviamente, Terry Schiavo no es propiedad de nadie, pero sí tiene algo parecido a un tutor, con derechos parecidos a los de un propietario. Desde luego, su tutor, el marido, actúa muy parecido a un propietario.
Imaginemos que Schiavo ya no es una persona, que es, más bien, el gato del que habla Dodgson, o una planta. Su «propietario», su marido, no quiere mantenerla alimentada artificialmente. Muy bien, estaría en su derecho. Para mí, es como si dejase abandonado (salvando las distancias) a un animal en la calle, como si abdicase de su derecho de propiedad. Al igual que alguien deja voluntariamente abandonado un gato en la calle o en el campo, no puede reclamarlo si otra persona se ha quedado con él (se ha hecho su nuevo propietario), el marido de Terry Schiavo, al retirarle la alimentación artificial estaría diciendo: esta mujer (esta cosa, lo que sea) deja de ser mi propiedad, cualquiera de vosotros sois libres para quedaros con ella. En realidad, sus padres podrían «quedarse» con ella, o la fundación de la que habló Luis hace unos posts.
Sé que quedan unos cuantos (bastantes) flecos lógicos en mi razonamiento, pero quería, al menos, dejar mi visión, fragmentaria, de este problema en la discusión tan interesante que se está teniendo en estas páginas.
Por cierto, ideas similares a las aquí insinuadas están en Walter Block, «Libertarianism, Positive Obligations and Property Abandonment: Children’s Rights,» International Journal of Social Economics, Vol. 31, No. 3, 2004, pp.275-286 (http://www.walterblock.com/publications/block-children.pdf).
Sin entrar en cuestiones legales ni morales en este caso, lo que para mí es una barbaridad es que se autorice la muerte de esta señora en contra de la voluntad de sus padres. Si yo fuera el juez le diría al marido «Oiga olvide a su mujer y déla por muerta, rehaga su vida y deje de incordiar. Que sus padres se queden con ella, pues son los únicos que demuestran verdadero amor por su hija, como era de esperar».
Con tu último párrafo has dado en el clavo de mi preocupación. Ya lo apuntaba en mi respuesta a Daniel. Ha de consultarse una «segunda, o tercera» opinión. El diagnóstico no parece claro. Ése es el quiz de la cuestión.
No tengo tan clara la teoría general, pero dudo de que la ley esté redactada en términos de destruir una persona. De hecho creo que se si la ley lo autoriza se destruye una vida que no corresponde a una persona. Se habla de ser humano «clínicamente muerto», es decir, de lo que se hace con un muerto en circunstancias especiales. Creo el que nos ocupa es un caso fronterizo en donde una de las partes afirma que esa vida sigue siendo una persona con los criterios legales y la otra, por lo que creo entender, le importa la presunta voluntad del objeto de la disputa (aunque los abogados han aducido «muerte clínica»). Cada vez me da más la impresión de que este es una especie de pleito por lo civil, en donde los jueces dictaminan en función de lo declarado por los expertos y no en función de la realidad de las cosas, como en un asesinato, por ejemplo (no sé cómo funciona en EE.UU. pero en España en un juicio penal, si la veracidad de un aserto importante no es concluyente y existe la posibilidad de discriminar mejor, el mismo juez puede promover nuevas pruebas; no me da la impresión de que esto esté sucediendo en EE.UU.)